Apreciado lector,
A continuación explicamos qué significan las cuotas sindicales y su importancia.
El Gobierno Nacional bajo el Decreto 2264 reglamentó el pago de cuotas sindicales por parte de los trabajadores de una organización que cuente con organizaciones sindicales.
Bien lo dice el artículo 400 del Código Sustantivo del Trabajo que, para que estos sindicatos o federaciones puedan cumplir con sus objetivos de manera eficiente, puedan solicitar el aporte de cuotas sindicales a los trabajadores de la organización. " Estas cuotas deberán ser gestionadas por el empleador, que serían deducidas de los salarios de sus trabajadores y luego poner a disposición del sindicato " (Amaya, 2013).
Según este artículo las cuotas pueden ser de manera ordinaria o extraordinaria, en este segundo caso la retención requiere de copia autenticada del acta de la asamblea sindical en que fueron aprobadas.
Por otro lado también debemos tener en cuenta el artículo 68 de la Ley 50 de 1990, el cual establece que estas cuotas (sean ordinarias o extraordinarias) también deben ser retenidas de los salarios de aquellos empleados que no se encuentren sindicalizados, por el motivo que también son beneficiarios de la convención colectiva que es la que regirá los contratos de trabajo durante su vigencia.
El Decreto promulgado por el Gobierno entonces reglamenta esta normatividad con el objetivo de establecer la manera de recaudación de las cuotas sindicales, "la información necesaria para fiscalizar los descuentos y los deberes de los empleadores frente a este suministro de información" (Amaya, 2013).
Por lo tanto este Decreto establece unos deberes específicos del empleador frente a la fiscalización de las cuotas sindicales, las cuales son:
-Efectuar la deducción de las cuotas a todos los salarios de sus empleados (estén o no sindicalizados) y ponerlas a disposición del sindicato. Solo existirá excepción de deducir la cuota del salario de un trabajador en el evento en que este manifieste renuncia expresa de los beneficios de los acuerdos.
-También deberá retener del sindicato las cuotas federales y confederales que el sindicato esté obligado a pagar a la federación, confederación o central sindical.
Por último, "frente a las cuotas es necesario mencionar que las ordinarias deben deducirse según la base salarial de cada trabajador y las extraordinarias también tienen la posibilidad de deducirse de la misma manera o como una misma cuota para cada uno de los empleados" (Amaya, 2013). Esto puede ser limitado según el empleado gano más o igual al salario mínimo.
Bibliografía:
Amaya M., (2013). Responsabilidades del empleador frente a las cuotas sindicales, 2013.
Visto en: http://www.activolegal.com/web/index.php/noticias/actualidad/663-pagos-cuotas-sindicales-responsabilidades-empleador. El día 17 de Septiembre de 2017.
A continuación explicamos qué significan las cuotas sindicales y su importancia.
El Gobierno Nacional bajo el Decreto 2264 reglamentó el pago de cuotas sindicales por parte de los trabajadores de una organización que cuente con organizaciones sindicales.
Bien lo dice el artículo 400 del Código Sustantivo del Trabajo que, para que estos sindicatos o federaciones puedan cumplir con sus objetivos de manera eficiente, puedan solicitar el aporte de cuotas sindicales a los trabajadores de la organización. " Estas cuotas deberán ser gestionadas por el empleador, que serían deducidas de los salarios de sus trabajadores y luego poner a disposición del sindicato " (Amaya, 2013).
Según este artículo las cuotas pueden ser de manera ordinaria o extraordinaria, en este segundo caso la retención requiere de copia autenticada del acta de la asamblea sindical en que fueron aprobadas.
Por otro lado también debemos tener en cuenta el artículo 68 de la Ley 50 de 1990, el cual establece que estas cuotas (sean ordinarias o extraordinarias) también deben ser retenidas de los salarios de aquellos empleados que no se encuentren sindicalizados, por el motivo que también son beneficiarios de la convención colectiva que es la que regirá los contratos de trabajo durante su vigencia.
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Por lo tanto este Decreto establece unos deberes específicos del empleador frente a la fiscalización de las cuotas sindicales, las cuales son:
-Efectuar la deducción de las cuotas a todos los salarios de sus empleados (estén o no sindicalizados) y ponerlas a disposición del sindicato. Solo existirá excepción de deducir la cuota del salario de un trabajador en el evento en que este manifieste renuncia expresa de los beneficios de los acuerdos.
-También deberá retener del sindicato las cuotas federales y confederales que el sindicato esté obligado a pagar a la federación, confederación o central sindical.
Por último, "frente a las cuotas es necesario mencionar que las ordinarias deben deducirse según la base salarial de cada trabajador y las extraordinarias también tienen la posibilidad de deducirse de la misma manera o como una misma cuota para cada uno de los empleados" (Amaya, 2013). Esto puede ser limitado según el empleado gano más o igual al salario mínimo.
Bibliografía:
Amaya M., (2013). Responsabilidades del empleador frente a las cuotas sindicales, 2013.
Visto en: http://www.activolegal.com/web/index.php/noticias/actualidad/663-pagos-cuotas-sindicales-responsabilidades-empleador. El día 17 de Septiembre de 2017.

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